Inducción

Pasos para la expedición de permisos temporales y permanentes

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Pasos para la expedición de permisos de menos de 5 días

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Inducción General GAC

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Pasos Para la Gestión de Documentos de Seguridad Aeroportuaria

Generalidades:

Para gestionar un documento de seguridad aeroportuaria, la empresa o usuario solicitante deberá:

  1. Mantener un vínculo comercial, laboral, institucional o de otra índole con el Grupo Aeroportuario del Caribe S.A.S (en adelante GAC) o con alguna de las aerolíneas, empresas o tenedores de espacios que operan en las terminales de pasajeros o de carga.
  2. Tener actualizado un registro de firmas de las personas autorizadas por el representante legal de cada asociado de negocios para gestionar, ante la oficina de carnetización, la expedición de documentos de seguridad aeroportuaria.
  3. Cumplir con los requisitos para la expedición de documentos para personas y vehículos.
  4. Las solicitudes de carnés para contratistas, visitantes y personas que realizan actividades transitorias para el GAC deberán ser previamente presentadas al director del área a quien corresponda supervisar o coordinar la actividad o a quien este delegue, a los efectos de que se formalice la autorización correspondiente en el campo “Nombre y firma del Representante legal o autorizado” del Formato FO-023 SAV o FO-024, según corresponda.
  5. Para los casos de trabajos en alturas, en caliente, espacios confinados, excavaciones, energias peligrosas, izaje de cargas quien coordine la actividad deberá presentar la documentación de soporte al Analista o Inspector SST del GAC.
  6. Los contratistas y arrendatarios del GAC, deberán presentar copia de los certificados médicos de aptitud del personal a carnetizar a la Analista o Inspector SST del GAC.
  7. Contratistas de obras a cargo del GAC, deberán presentar hoja de vida con documentación de soporte, certificaciones de residencia expedido por la Juntas Acción Comunal del barrio donde resida, inspección de policía y/o alcaldía del municipio, a la Coordinadora de Gestión Social del GAC, María José Macías.
  8. La expedición de carnés a personas que, por la actividad a realizar, deban acceder a la azotea para instalar antenas o para realizar reparaciones o nuevas conexiones de internet, deberán realizar las coordinaciones previas con el coordinador IT Faisal Ortiz, sin perjuicio de las gestiones que independientemente deban realizarse ante la autoridad aeronáutica.

 

REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN DE CARNÉS DE PERSONAS:

Cumplidas las fases que correspondan, según las generalidades anotadas en el punto anterior, para la expedición de documentos de seguridad aeroportuaria, el interesado deberá presentar:

  1. Carta de solicitud en papel membreteado de la empresa solicitante, del tenedor, aerolínea, contratista o autoridad del aeropuerto a través de la cual se realice el proceso, detallando:
    • Nombre e identificación de la persona para la cual se solicita el carné
    • Tipo de carné solicitado
    • Vigencia
    • Razón o actividad que motiva el ingreso de la persona a las áreas restringidas.
  2. Formato FO-023 SAV Versión 5 diligenciado con letra legible debidamente firmado por el Representante Legal o persona autorizada.
  3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía (por ambas caras) o pasaporte, si se trata de un extranjero.
  4. Fotocopia de la planilla de aportes al sistema de salud, pensión y riesgos profesionales
  5. Realizar la inducción virtual ingresando al link https://aeropuertobaq.com/induccion/ sobre Seguridad Aeroportuaria, Seguridad Operacional, Ambiental, SST y Gestión Social.
  6. Para el caso de renovaciones de carnés permanentes, el interesado deberá visualizar el video incluido en el enlace https://aeropuertobaq.com/induccion/ y aprobar la evaluación correspondiente.

 

REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN DE CARNÉS DE VEHÍCULOS:

Vehículos y Equipos del Grupos III:

Por principio general, el acceso de vehículos automotores incluidos en el Grupo III está supeditado a la aprobación del Grupo Aeroportuario del Caribe y sólo se autorizará en casos estrictamente necesarios, siempre que se presente una justificación y no existan otras alternativas para ello. Dado que el acceso de estos vehículos está condicionado al acompañamiento de un vehículo operacional del Aeropuerto, independientemente a que se cumplan los requisitos para la expedición y el permiso haya sido expedido, no se permitirá el acceso a las áreas restringidas hasta tanto no se corrobore la disponibilidad de este último.

El acceso de vehículos del Grupo III sólo podrá realizarse a través de la puerta que expresamente indique el permiso expedido.

La presentación de solicitudes para el ingreso de vehículos del GRUPO III a las áreas restringidas del aeropuerto puede hacerse directamente a la oficina de carnetización, siempre y cuando esta última lleve el visto bueno o se encuentre firmada en señal de aprobación por un Director o responsable autorizado del GAC o del EPC.

REQUISITOS:

  1. Carta de solicitud en papel membreteado de la empresa solicitante, del tenedor, aerolínea, contratista o autoridad del aeropuerto a través de la cual se realice el proceso, detallando:
    • Tipo y placas del vehículo o registro de maquinaria para la cual se solicita el carné.
    • Para el caso de equipos non road, el número de la placa podrá reemplazarse por el numero interno de la compañía propietaria visible en su carrocería o, en ausencia de ambos, por el numero serial o VIN del fabricante.
    • Vigencia del permiso solicitado
    • Razón o actividad que motiva el ingreso del vehículo o equipo a las áreas restringidas.
  2. Formato FO-024 diligenciado con letra legible debidamente firmado por el Representante Legal o persona autorizada.
  3. Fotocopia de la licencia de tránsito (Tarjeta de propiedad) o de la tarjeta de registro de maquinaria.
  4. Fotocopia de la Declaración de Importación o de la factura de compra (Sólo para vehículos o equipos non road y demás que, a la fecha de la solicitud, no hayan sido registrados ante el Ministerio del Transporte).
  5. Fotocopia del seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT.
  6. Fotocopia de la Revisión Técnico-Mecánica – RTM, en los casos que aplique.

 

Vehículos y Equipos de los Grupos I y II:

Para vehículos y equipos de los Grupos I y II, toda la gestión debe ser canalizada a través del Coordinador del Área de Maniobras del GAC, Sr. Miguel Castillo, radicando la documentación correspondiente con una antelación no menor de 7 días y solicitando la inspección de estos en los términos que establece el Plan Operativo vigente.

Además de cumplir con la totalidad de requisitos exigidos para la expedición de permisos vehiculares del Grupo III, el explotador o propietario de vehículos o equipos incluidos en los Grupos I y II, deberá presentar:

  • Póliza Ariel o de Responsabilidad Civil de Aviación con una cobertura mínima de 350 SMMLV que expresamente ampare lesiones a personas, daños a las aeronaves y daños a la infraestructura del Aeropuerto Ernesto Cortissoz.
  • Formato INSPECCIÓN MECÁNICA DE VEHÍCULOS Y/O EQUIPOS FO- 126-OPE completamente diligenciado y firmado por el Coordinador del área de Movimiento o funcionario autorizado por el GAC.
  • Para los vehículos o equipos non road, el interesado o solicitante debe adjuntar un certificado de mantenimiento expedido por un taller autorizado, con una anterioridad no superior a 30 días calendario a la fecha de solicitud.

Nota: Los vehículos y equipos de los Grupos I y II sólo pueden ser operados por funcionarios de su propietario o explotador que previamente hayan realizado y aprobado la inducción sobre normas de conducción en plataforma.

Completada la revisión de documentos y aprobada la inspección del vehículo o equipo, el Coordinador del Área de Maniobras dará traslado interno de la solicitud al área de carnetización para finiquitar el proceso con la expedición del documento correspondiente.

Términos y Condiciones

El Grupo Aeroportuario del Caribe S.A.S., presume de buena fe, que quien se encuentra observando el video y realizando la evaluación, es la misma quien lo solicitó inicialmente y no un tercero. En el evento que no sea el solicitante, le solicitamos abstenerse de realizarla so pena de hacerse responsable de las sanciones de carácter civil o penal a las que haya lugar.

El Grupo Aeroportuario del Caribe S.A.S. desarrollando el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo el cual involucra a contratistas y demás terceros, buscando generar estándares óptimos de seguridad en el área concesionada y el cumplimiento de la normatividad nacional vigente, procede a presentar este curso virtual de HSEQ, CARNETIZACIÓN Y SEGURIDAD que contiene los procedimientos de obligatorio cumplimiento para el desarrollo de actividades ocasionales o permanentes en el área concesionada.

En este sentido los terceros conocerán, entenderán como informados y aceptarán los riesgos y peligros a los que se ven expuestos. Y en consecuencia, asumirán de manera total y completa la responsabilidad ante incumplimientos de los temas que se relacionan en el presente video.

El incumplimiento de los procedimientos señalados conllevará a que el tercero no pueda desarrollar las actividades contratadas dentro del área concesionada.

Por último, El Grupo Aeroportuario del Caribe S.A.S. aclara que el presente curso se realiza en desarrollo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, dentro del cual se debe incluir a los contratistas y en general terceros. Sin embargo, se aclara que el Grupo Aeroportuario del Caribe S.A.S. no tiene ninguna clase de vínculo laboral con el personal de los contratistas o terceros, y no se hace responsable de las acciones u omisiones que se generen por la ejecución de sus actividades